Edad de consumo militar

En los "viejos tiempos", cualquier persona en servicio activo podía consumir alcohol en instalaciones militares , independientemente de la edad legal para beber fuera de la base. Sin embargo, a mediados de los 80, grupos de defensa, como MADD (Mothers Against Drunken Drivers) presionaron al Congreso para cambiar esto.

La ley federal (Código de los Estados Unidos, Título 10, Sección 2683) requiere que los comandantes de instalación militar adopten la misma edad legal para beber que el estado en que se encuentra la base militar.

La única excepción a esta regla es si la base se encuentra dentro de 50 millas de Canadá o México, o un estado con una edad para beber más baja, el comandante de la instalación puede adoptar la edad mínima para beber para el personal militar en la base. Esta ley también está codificada en DoD Instruction 1015.10, que establece:

La edad mínima para consumir alcohol en una instalación del Departamento de Defensa ubicada en un Estado (incluido el Distrito de Columbia) deberá ser consistente con la edad establecida por la ley de ese Estado como la edad mínima para beber del Estado. La edad mínima para beber significa la edad mínima establecida para las personas que pueden comprar, poseer o consumir bebidas alcohólicas.

En el caso de una instalación del Departamento de Defensa ubicada en más de un Estado o en un Estado pero dentro de 50 millas de otro Estado o México o Canadá, la edad mínima para consumir alcohol en esa instalación del Departamento de Defensa será la edad mínima aplicable del Estado en el que el Departamento de Defensa la instalación está ubicada o el Estado o jurisdicción de México o Canadá que está dentro de 50 millas de dicha instalación del DoD.

La edad mínima para beber en una instalación de DoD ubicada fuera de los Estados Unidos será de 18 años. Una edad mínima para beber se basará en tratados y acuerdos internacionales y en la situación local según lo determine el comandante local de la instalación. El comandante de una instalación de DoD puede renunciar a los requisitos anteriores si dicho comandante determina que la exención está justificada por circunstancias especiales.

Las circunstancias especiales son aquellas ocasiones militares infrecuentes y no rutinarias en que una unidad completa, como grupo, marca en una instalación militar una ocasión militar única, como la conclusión de un arduo trabajo militar o el aniversario del establecimiento de un servicio u organización militar. El evento debe realizarse en una instalación militar. El comandante se asegurará de que existan controles apropiados para evitar poner en peligro a los miembros del Servicio Militar o la comunidad circundante.

Si bien la ley y la Directiva del Departamento de Defensa permiten beber en la base a menores de 21 años si la base se encuentra dentro de 50 millas de un país que permite una menor edad para beber, el Secretario de la Marina emitió una política de la Marina (que incluía la Marina Cuerpo), que prohibió la práctica. Hasta entonces, el consumo en la base de marineros e infantes de marina en bases dentro de 50 millas de México (como Camp Pendleton ) era común.

Un par de años después, el ejército hizo lo mismo, prohibiendo el consumo de alcohol en sus bases (como Fort Bliss , Texas y White Sands Missile Range ) que se encontraban a 50 millas de México. La Fuerza Aérea nunca permitió que los comandantes de instalación adoptaran la "regla de las 50 millas". En 1997, el Comandante de la Marina emitió una política que restringía el consumo de alcohol en y sin base para infantes de marina destinados en el extranjero hasta los 21 años de edad, incluso si el país de acogida tenía una ley de edad mínima para beber.

Pero en septiembre de 2006, el Cuerpo redujo la edad para beber para los infantes de marina en Japón a 20 para reflejar la edad de consumo local.

Con respecto a la regla de "circunstancias especiales", debo señalar que todos los servicios requieren que el comandante de la instalación obtenga un permiso especial de sus respectivas oficinas centrales del servicio para reducir la edad legal para consumir bebidas alcohólicas en estos eventos especiales.

Por ejemplo, si un Comandante de instalación de la Fuerza Aérea quería reducir el requisito de edad para beber para una fiesta para celebrar el "Cumpleaños" de la Fuerza Aérea, necesitaría permiso de la oficina del Jefe de Estado Mayor de la Fuerza Aérea. Debido a que un comandante estaría literalmente "sacando el cuello" (en caso de que algo suceda), en mi experiencia, tal permiso casi nunca se solicita.

Sin embargo, The Marines puede tener una filosofía diferente.

En abril de 2007, el Comandante de la Infantería de Marina firmó el MARADMIN 266/07, permitiendo a infantes de marina de 18 años beber en puertos extranjeros si la ley del país anfitrión lo permite.

El mensaje también da "luz verde" para que los comandantes del Cuerpo de Marines tengan fiestas en base donde los Marines de 18 años puedan beber, en ocasiones especiales poco frecuentes, como el regreso de una unidad del despliegue de combate, o durante la fiesta de cumpleaños del Cuerpo de Marines . La directiva ordena que los comandantes "garanticen que se implementen controles apropiados para evitar poner en peligro a los miembros del servicio militar o a la comunidad circundante" durante tales eventos.