Exenciones de Historial Criminal del Ejército - Delitos Menores
Cualquier solicitante de alistamiento en el Ejército de los Estados Unidos que haya recibido dos, tres o cuatro condenas civiles u otras disposiciones adversas por un delito menor. Requiere una exención . La autoridad de aprobación de la exención es el comandante del batallón de reclutamiento, el comandante en funciones o el oficial ejecutivo. En realidad, hay exenciones de delito grave, pero la autoridad de aprobación es mucho más alta y la probabilidad de aprobación es menor.
Delitos menores típicos
- Licencia de conducir alterada o identificación: identificación falsa.
- Agresión, pelea o agresión (multa de más de $ 500 o restitución o confinamiento).
- Llevar un arma en los terrenos de la escuela (Nota: El Ejército clasifica esto como una ofensa grave , incluso si es acusado / condenado como un delito menor. Esto incluye portar un arma en el recinto escolar, cuando los funcionarios escolares impusieron una multa, por ejemplo, expulsión, suspensión, multa o servicio a la comunidad).
- Verificar, inútil, hacer o proferir, con la intención de defraudar o engañar (menos de $ 500).
- Conspirar para cometer un delito menor.
- Desprecio de la corte por delitos menores.
- Contribuyendo a la delincuencia de un menor.
- Crímenes contra la familia (no apoyo de la familia).
- Mal comportamiento criminal o malicioso (menos de $ 500 de multa o restitución o confinamiento).
- Profanación de la bandera estadounidense.
- Profanación de una tumba.
- Violencia doméstica / violencia, no se considera Enmienda de Lautenburg (Nota: el ejército clasifica esto como una ofensa grave , incluso si es acusado / condenado como un delito menor. Consulte a continuación la definición de Enmienda de Lautenburg).
- Conducir drogado o intoxicado, o conducir incapacitado (Nota: El Ejército lo clasifica como una ofensa grave , incluso si se lo acusa / condena como delito menor).
- No registrarse en el servicio selectivo.
- No detenerse y prestar ayuda después de un accidente.
- Falsa amenaza de bomba.
- Olor de pegamento / pintura / olfateo químico.
- Acoso, amenazante o acoso.
- Quema ilegal sin intención de cometer incendio provocado
- Uso ilegal o fraudulento de una tarjeta de crédito, tarjeta bancaria o tarjeta de cajero automático (valor inferior a $ 500).
- Exposicion indecente.
- Lenguaje indecente, insultante u obsceno comunicado directamente o por teléfono a otra persona.
- Alegría a caballo.
- Hurto o conversión (valor de menos de $ 500).
- Dejar la escena de un accidente o golpear y correr.
- Saqueo.
- Mailing para incluir correos electrónicos de material obsceno o indecente.
- Destrucción del buzón.
- Permitir un DUI.
- Prostitución o solicitud de prostitución (Nota: el Ejército clasifica esto como una ofensa grave , incluso si es acusado / condenado como un delito menor).
- Posesión de marihuana o parafernalia de drogas (Nota: el ejército clasifica esto como una ofensa grave , incluso si se lo acusa / condena como un delito menor).
- Conducción imprudente, descuidado o imprudente (se considera un delito menor cuando la multa es de $ 300 o más o cuando se impone el confinamiento, de lo contrario, se considera una infracción de tránsito menor ).
- Imprudencia temeraria.
- Resistir el arresto o eludir a la policía.
- Vender o arrendar armas.
- Propiedad robada, a sabiendas recibida (valor inferior a $ 500).
- Entrada ilegal
- Uso / toma no autorizada de un vehículo / medio de transporte de un miembro de la familia.
- Ilegal portación de armas de fuego o portar armas de fuego ocultas.
- Entrada ilegal.
- Uso ilegal de tarjetas telefónicas de larga distancia.
- Uso del teléfono para abusar, molestar, acosar, amenazar o atormentar a otro.
- Vandalismo (multa de más de $ 500 o restitución o confinamiento).
- Violación de la libertad condicional.
- Disparar deliberadamente un arma de fuego para poner en peligro la vida; disparando en público.
La definición de agresión / violencia doméstica según la ley de Lautenburg es la siguiente: en el momento de la infracción, el delincuente convicto era uno de los siguientes:
- Un cónyuge, padre o tutor actual o anterior de la víctima.
- Una persona con quien la víctima compartió un niño en común.
- Una persona que cohabitó con la víctima o cohabitó con ella como cónyuge, padre o tutor.
- Una persona similar a un cónyuge, padre o tutor.