2003 - Compensación especial para algunos jubilados militares discapacitados

Algunos militares jubilados pronto recibirán pagos mensuales por problemas de salud relacionados con el servicio gracias a una disposición de la Ley de Autorización de Defensa Nacional de 2003.

La compensación especial relacionada con el combate permite que algunos jubilados militares discapacitados cobren pagos tanto por su servicio militar como por su discapacidad relacionada con el servicio.

El número de personas que califican puede ser mayor que el que implica el término "relacionado con el combate".

De acuerdo con la legislación, un veterano con discapacidades "relacionadas con el combate" es cualquier jubilado militar de 20 años con una calificación combinada de discapacidad del 60 por ciento como mínimo. Sus lesiones son un "resultado directo de un conflicto armado", son el resultado de un servicio militar "peligroso", se incurrieron mientras se desempeñaba en "condiciones que simulaban guerra" o se incurrió "a través de un instrumento de guerra".

Los calificadores automáticos incluyen cualquier jubilado militar con al menos 20 años de servicio que esté calificado como al menos 10 por ciento discapacitado por lesiones relacionadas con la adjudicación de un Corazón Púrpura, dijeron las autoridades.

Los pagos son retroactivos al 1 de junio para aquellos cuya discapacidad ocurrió antes de esa fecha. Quienes soliciten y sean aprobados comenzarán a recibir pagos aproximadamente 60 días después de la aprobación. Dependiendo de la cantidad de solicitantes, la aprobación podría demorar meses, dijeron las autoridades.

Miles de solicitudes ya esperan aprobación en la oficina de discapacidades aquí, con más llegadas cada día, dijeron las autoridades.

"Este es un buen negocio para algunos de nuestros veteranos", dijo el coronel Larry Van Buren, quien encabeza las revisiones. "Esta autoridad otorgada por el Congreso ayudará a los veteranos de una manera significativa".

Los miembros de la familia no tienen en cuenta la cantidad del pago mensual. La compensación se paga solo a aquellos considerados discapacitados por Veterans Affairs.

Para calificar, los solicitantes de reserva retirados deben haberse retirado con 7,200 o más puntos en total.

La información y las aplicaciones están disponibles en los vuelos de personal militar de base o en línea en http://www.dfas.mil/retiredmilitary/disability/applyforcrsc.html. Los solicitantes de la Fuerza Aérea pueden imprimir y enviar la solicitud y cualquier documentación de respaldo a:

Fuerza Aérea de los Estados Unidos, División de Incapacidad (CRSC), 550 C Street West Suite 6, Randolph AFB TX 78150-4708.

La documentación de respaldo apropiada incluye, pero no se limita a lo siguiente:

Al 25 de junio de 2003, el Departamento de Defensa había recibido más de 12,000 solicitudes de Compensación Especial relacionada con el Combate. Se aprobarán al menos 100 para recibir los pagos antes del 1 de julio. La cantidad de solicitudes aprobadas debe aumentar cada mes significativamente a medida que las solicitudes avanzan en el proceso de revisión.

El DOD tiene tres sugerencias para mejorar la calidad de una aplicación, lo que ayudará a gestionar las solicitudes.

Primero, tenga cuidado de clasificar las discapacidades según lo otorgue el VA. Un jubilado que no tenga esta información debe contactarse con la oficina regional de VA y solicitar una lista de sus discapacidades por el Código VASRD (Programa VA de Discapacidades de calificación). La VA ha notificado a las oficinas regionales que esperan y respaldan tales solicitudes. El VA ha sido muy útil para el Departamento de Defensa, y los dos departamentos están trabajando estrechamente para lograr un flujo efectivo y el intercambio de información necesaria para operar el programa CRSC.

En segundo lugar, especialmente para el Trastorno de Estrés Postraumático (TEPT), un jubilado debe tratar de encontrar y presentar una copia de la primera decisión de calificación de VA sobre la discapacidad que muestre la base del premio. Las calificaciones más recientes pueden mostrar solo que la discapacidad se ha incrementado en porcentaje sin información sobre el origen de la discapacidad o la base del premio.

En tercer lugar, los jubilados deben evitar la presentación de documentos no relacionados. El jubilado debe tratar de proporcionar solo los documentos de respaldo que tratan con las condiciones de calificación. Es especialmente cierto para los registros médicos. La junta de revisión puede encontrar difícil documentar una discapacidad de combate si el jubilado envía todos sus registros médicos.

Los miembros elegibles son aquellos jubilados que tienen 20 años de servicio para el cálculo de pagos jubilados y que tienen discapacidades debido a lesiones en el combate por las cuales recibieron el Corazón Púrpura o que tienen al menos un 60 por ciento de discapacidad debido a conflictos armados, tareas peligrosas, ejercicios de entrenamiento o percances que involucren equipo militar.

Los miembros deben inscribirse en su propia rama de servicio utilizando el Formulario DD 2860 , Solicitud de Compensación Especial relacionada con el Combate (CRSC).