Military Travel (PCS) Move Entitlements

El ejército de EE. UU. / Flickr

Los miembros militares que realizan movimientos de cambio permanente de estación (PCS) de una estación de servicio a otra tienen muchos derechos autorizados. A continuación se muestra un vistazo rápido de los principales derechos autorizados junto con el cambio de una asignación de servicio a otra.

Caza de casa antes de un movimiento

A los miembros militares se les permite un TDY permisivo (Servicio Temporal) por hasta 10 días junto con un traslado permanente de Estación (PCS) entre y dentro de los 50 estados y el Distrito de Columbia.

Por "TDY permisivo" eso significa que no hay transporte o viáticos pagados, pero a los miembros no se les cobra por la ausencia.

Los miembros militares pueden solicitar (de su comandante) este TDY permisivo en cualquier momento después de recibir sus órdenes de reasignación por escrito. Sin embargo, debido a que no hay derecho a viajar, la mayoría de los miembros militares eligen utilizar este beneficio, después de salir de su antigua base, pero antes de ingresar a su nueva base. En otras palabras, planean llegar a su nueva base con 10 días de anticipación, lo que les da 10 días para la búsqueda de la casa, que no está cargada para irse.

El derecho de "caza de casas" solo se aplica a los miembros que no vivirán en los cuarteles / dormitorios después de la llegada a la nueva asignación.

Gastos de alojamiento temporal (TLE)

TLE está diseñado para compensar parcialmente los gastos de alojamiento y comida cuando un miembro y / o dependientes necesitan ocupar un alojamiento temporal en CONUS (Estados Unidos continental) en conexión con un PCS.

El miembro recibe un reembolso (para miembros y miembros de la familia) por alojamiento temporal y gastos de comida, hasta $ 180 por día.

Si el miembro se muda de una base CONUS a otra, está autorizado hasta 10 días TLE, ya sea en el lugar de destino perdedor o en la nueva estación de servicio (o cualquier combinación, hasta 10 días en total).

Si el miembro se muda de CONUS a otro país, solo puede recibir hasta cinco días de TLE en el lugar de destino perdido. Si el miembro se muda de Overseas a CONUS, puede recibir hasta 10 días de TLE en la nueva estación de servicio CONUS después de su llegada.

TLE no se paga por alojamiento realizado durante los días de viaje reales de una estación de destino a otro (ese es un animal completamente diferente, llamado "per diem", sino que es para alojamiento temporal (en los estados) en la antigua estación de servicio, antes de la salida, o en el nuevo lugar de destino, después de la llegada.

La autoridad legal para TLE es 37 USC 404a. Para obtener más información sobre TLE, consulte la página de preguntas frecuentes de TLE, en el sitio web del Comité de viáticos, transporte y dieta militar.

Asignación temporal de alojamiento (TLA)

Lo que TLE es para CONUS, TLA es para el extranjero. Se pueden pagar hasta 60 días (pueden prorrogarse) los gastos de alojamiento temporal y los gastos de comidas después de que un militar (y su familia) lleguen a un nuevo lugar en el extranjero, mientras esperan la vivienda. Se pueden pagar hasta 10 días de TLA por gastos de alojamiento temporal en el lugar de ultramar, antes de la salida.

La autoridad legal para TLA es 37 USC 405. Para obtener más información sobre TLA, consulte la página de preguntas frecuentes de TLA, en el sitio web del Comité de viáticos, transporte y dietas para militares.

Disposición de Dislocación

Los miembros militares pueden tener derecho a una asignación por desplazamiento (DLA) cuando trasladen su hogar debido a un PCS. DLA tiene la intención de reembolsar parcialmente los gastos de reubicación no reembolsados. Para obtener más información y tarifas actuales, consulte nuestra página de información de DLA.

La autoridad legal para la Dislocation Allowance es 37 USC 407.

Per Diem para PCS Travel

Los miembros militares reciben un subsidio "per diem", que está diseñado para reembolsar parcialmente los gastos de alojamiento y comida cuando viajan de una estación de servicio a otra.

Al viajar en transporte privado (POC), a los miembros del ejército se les paga una tarifa fija de $ 85.00 por día por cada día de viaje autorizado utilizado. Cuando el miembro viaja por medios comerciales, se le paga la tarifa establecida por día, (en "Alojamiento Plus") para la nueva Estación de servicio permanente (PDS), o la tasa para el punto de retraso si el miembro se detiene durante la noche.

La dieta para dependientes es 3/4 de la tasa aplicable del miembro para cada dependiente de 12 años o más y 1/2 de la tasa del miembro para cada dependiente menor de 12 años.

La autoridad legal para PCS Per Diem es 37 USC 404.

Viaje por transporte privado (POC)

Cuando los miembros eligen viajar a su nueva estación de trabajo por POC (auto), tienen derecho a recibir un subsidio por millaje, en lugar del costo del boleto de avión. La tasa de reembolso depende de la cantidad de viajeros autorizados en el vehículo. Para obtener información completa, consulte nuestra página de información de tarifas de millas de PCS / TDY Travel .

La autoridad legal para POC Travel es 37 USC 404 (d)

Viaje dependiente dentro de CONUS por otro que no sea POC

Dentro de CONUS, los dependientes pueden estar autorizados a viajar por medios comerciales (aire, ferrocarril, autobús), a menos que opten por viajar en POC, desde el PDS anterior al nuevo PDS. Se puede reembolsar al miembro militar por este viaje, hasta lo que le hubiera costado a los militares comprar un boleto de avión.

La autoridad legal para viajes comerciales de dependientes dentro de CONUS es 37 USC 406 (a).

Viaje dependiente fuera de CONUS

Los dependientes pueden viajar a lugares de asignación en el extranjero, ya sea a través de aviones militares o por medios comerciales. Advertencia: si uno compra sus propios billetes de avión comerciales para viajar a un lugar de asignación en el extranjero, solo se le puede reembolsar si el avión es un transportista de bandera estadounidense, si alguno de los AMC vuela a esa ubicación. El único momento en que se puede reembolsar a un operador comercial extranjero es si AMC no ofrece servicios en ese lugar en el extranjero.

La autoridad legal para viajes dependientes fuera de CONUS es 37 USC 404.

Transporte de bienes domésticos

Los miembros militares pueden enviar artículos domésticos desde su antigua estación de servicio a su nueva estación de servicio. Está autorizado hasta 18,000 libras, pero varía según el grado y si el miembro tiene o no dependientes.

Además de permitir que los militares organicen el movimiento de los Bienes del hogar, el miembro puede optar por moverlos por sí mismo y recibir un reembolso si el traslado se realiza dentro del CONUS. Para obtener más información, consulte nuestro artículo sobre "Hágalo usted mismo" o "DITY" .

La autoridad legal para el Transporte de Bienes Domésticos es 37 USC 406.

Reclamos por daños

Un miembro tiene 2 años a partir de la fecha de entrega de HHG para realizar un reclamo. Las reclamaciones se procesan a través de la Oficina de propiedad personal responsable del área donde se entregó el HHG. Las reclamaciones están limitadas al valor depreciado de $ 40,000 del envío, independientemente del peso. A su cargo, el miembro puede comprar cobertura de reemplazo completa. El costo adicional se basa en el peso del envío de HHG.

Transporte limitado de artículos domésticos en el extranjero

Si las órdenes del miembro militar establecen que el mobiliario del gobierno se proporciona en el lugar en el extranjero, la Cantidad permitida de envío de peso familiar adecuado está limitada a 2,500 libras o 25 por ciento de la asignación de peso HHG, más artículos no disponibles. Se pueden colocar artículos adicionales (hasta la asignación de peso) en Almacenamiento no temporal.

La autoridad legal para el transporte limitado de Bienes Domésticos está establecida por varias regulaciones del servicio militar.

Almacenamiento no temporal de artículos domésticos

Los miembros militares pueden elegir que el ejército almacene todo, o parte de sus bienes domésticos de forma permanente durante la asignación, hasta su asignación de peso máximo.

La autoridad legal para el Almacenamiento No Temporal de Artículos Domésticos es 37 USC 406 (d).

Asignación adicional de consumibles

Esta es una asignación separada para el envío anual de hasta 1.250 libras por año de artículos consumibles. El peso se suma al límite de peso de los bienes domésticos.

La autoridad legal para la provisión de consumibles adicionales es 37 USC 406 (b) (1) (D).

Transporte de casas móviles

Cuando es trasladado por un transportista comercial, el reembolso incluye los cargos del transportista, las tarifas de la carretera y los peajes, los permisos y los cargos del vehículo piloto. Si es remolcado por POC, el reembolso es por los costos reales. Para casas móviles autopropulsadas, el reembolso es de 36.5 centavos por milla. Puede ser transportado por GBL. El reembolso se limita a lo que le habría costado al gobierno transportar la asignación máxima de peso de HHG del miembro.

El transporte de la casa móvil es en lugar del transporte de HHG y solo está autorizado dentro de CONUS, dentro de Alaska, y entre CONUS y Alaska.

La autoridad legal para el Transporte de casas móviles es 37 USC 409.

Transporte de vehículos de propiedad privada (POV)

Los miembros militares pueden enviar POV junto con muchas asignaciones en el extranjero (y, por supuesto, pueden enviarlos de regreso a CONUS, una vez completada la asignación). Los servicios militares pueden aplicar restricciones sobre este derecho. Por ejemplo, para las asignaciones a Corea, los miembros del ejército deben estar "patrocinados por comando" (permitidos para estar acompañados por miembros de la familia), o deben estar en el grado E-7 o superior, para poder enviar un vehículo.

Los miembros también pueden recibir un envío autorizado para un POV de reemplazo durante cualquier período de 4 años, mientras estén asignados al extranjero.

Los miembros también han autorizado el reembolso del millaje al conducir el vehículo hasta el puerto autorizado para embarcarlo y al recoger el vehículo del puerto de recepción autorizado.

Solo existe una autoridad limitada para el envío de POV dentro de CONUS. El envío dentro de CONUS está autorizado solo cuando no es médicamente apto para conducir, cambiar de puerto de origen o no tiene tiempo suficiente para conducir.

La autoridad legal para el envío de POV es 10 USC 2634 (h), 10 USC 2634 y 37 USC 406 (h).

Almacenamiento POV

Un miembro es el almacenamiento autorizado de un POV cuando (a) ordenado a una asignación en el extranjero para el cual no está permitido el transporte POV, o (b) envía TDY en una operación de contingencia, por más de 30 días.

La autoridad legal para el almacenamiento POV es 10 USC 2634.