Lo que debe saber sobre la Ley de Ausencia Familiar y Médica
¿Quién es elegible para tomar FMLA?
Para ser elegible para la FMLA, debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Su empleador debe haber empleado a 50 o más trabajadores durante al menos 20 semanas del año calendario actual o anterior. Estos empleados deben trabajar dentro de 75 millas de su lugar de trabajo.
- Debe haber trabajado para ese empleador durante al menos 12 meses, no necesariamente consecutivos, por un total de al menos 1,250 horas durante el período inmediatamente anterior a su licencia.
¿Por qué razones puede tomar licencia bajo FMLA?
Si usted es un empleado elegible, puede tomar hasta 12 semanas de licencia no pagada en cualquier período de 12 meses por las siguientes razones cubiertas:
- Usted tiene una enfermedad que lo incapacita para trabajar.
- Has dado a luz.
- Usted está cuidando a su recién nacido, a un niño recién adoptado o a un niño que ha sido colocado con usted para el cuidado de crianza.
- Debe cuidar a su cónyuge gravemente enfermo, a su hijo (menor de 18 años, excepto en ciertas circunstancias) o a sus padres.
¿Cómo protege la FMLA a los empleados elegibles?
Si se ausenta bajo FMLA, lo protege de las siguientes maneras:
- Cuando regrese al trabajo, su empleador debe reincorporarlo al mismo trabajo que tenía antes de comenzar su permiso o uno equivalente.
- Su empleador debe continuar con sus beneficios de salud grupales durante su ausencia.
- Su empleador no puede quitarle los beneficios acumulados, por ejemplo, antigüedad o tiempo libre remunerado. Sin embargo, no continuará acumulando estos beneficios durante su ausencia.
- Un empleador no puede discriminar en su contra por tomar un permiso bajo la FMLA.
¿Qué debe hacer si necesita tomar una licencia no pagada bajo FMLA?
Si necesita ejercer su derecho, bajo FMLA, a tomar un permiso no remunerado, debe informarle a su empleador sobre su deseo de hacerlo. Si sabe de antemano que deberá tomarse un descanso, lo que se conoce como "ausencia previsible", debe solicitarlo al menos 30 días antes de que comience. Si su necesidad es repentina, llamada "ausencia imprevisible", debe solicitarla tan pronto como pueda. Siga los procedimientos estándar y acostumbrados de su empleador, a menos que tenga circunstancias inusuales.
- Deje que su empleador sepa cómo planea tomar su licencia: todo de una vez o intermitentemente. ¿O necesitas un horario de trabajo reducido? La ausencia intermitente significa que se tomará tiempo libre durante diferentes períodos. Debe obtener el permiso de su empleador para tomar un permiso intermitente o utilizar un horario de licencia reducida para cuidar a un recién nacido o recién adoptado o adoptivo.
- Proporcione certificación médica, si su empleador lo exige, cuando necesita ausentarse debido a su propia enfermedad o para cuidar a un pariente. Es posible que su supervisor directo no se comunique con su proveedor de atención médica debido a preocupaciones sobre la privacidad y que él o ella solo le proporcione información relacionada con la afección por la que solicita el permiso.
- Continúe pagando su parte de los beneficios de salud grupales mientras se encuentre bajo licencia bajo FMLA.
- Informe a su empleador cuándo tiene la intención de regresar al trabajo o si cambian las circunstancias de su licencia, por ejemplo, si debe tomarse una licencia más larga o si estará listo para regresar al trabajo antes de lo previsto.
- Proporcione comprobantes de un médico de que está listo para regresar al trabajo si su empleador se lo solicita.
Leyes estatales de vacaciones familiares y médicas
Varios estados tienen sus propias leyes de licencia familiar y médica. Algunos incluso requieren que los empleadores paguen a sus trabajadores durante su ausencia. Si usted está amparado tanto por FMLA como por una ley estatal de ausencia familiar y médica, su empleador debe permitirle tomar un permiso de acuerdo con la ley que ofrece mayores beneficios. Si desea averiguar si su estado tiene una ley de licencia familiar y médica, comuníquese con la oficina de trabajo de su estado.
¿Qué hacer si su empleador no cumple con la FMLA?
Si su empleador le niega el derecho a usar FMLA, puede presentar una queja ante la División de Salarios y Horas del Departamento de Trabajo de los EE. UU. Comuníquese con la oficina local de su distrito.
¿Qué es el Permiso Familiar Militar?
En 2008, las disposiciones para ayudar a las familias militares se agregaron a FMLA. Fueron actualizados en 2013.
- Para ser elegible para el Permiso Familiar Militar, el empleado debe cumplir con los requisitos de elegibilidad para FMLA como se describió anteriormente.
- El cónyuge, padre o hijo elegible para FMLA de un miembro de las Fuerzas Armadas de los EE. UU. Actualmente o en proceso de ser desplegado puede tomar una licencia por requerimiento o un cuidador militar.
- Licencia de Exigencia se refiere a las circunstancias que surgen del despliegue del miembro militar. Puede incluir ausentarse del trabajo para ocuparse de arreglos financieros o legales; asistir a eventos relacionados con la implementación; hacer arreglos de cuidado de niños para el hijo del miembro militar (que puede o no ser el hijo de la persona que toma la licencia); asistir a la consejería para usted, el miembro militar o su hijo debido a un problema relacionado con el despliegue; o gastar la Licencia de Descanso y Recuperación con el miembro militar.
- La licencia de cuidador militar le permite, como el cónyuge, padre, hijo o pariente más cercano de un miembro del servicio actual o veterano militar dado de alta en los últimos cinco años, tomar hasta 26 semanas en un solo período de 12 meses para cuidarlo o ella en caso de una lesión o enfermedad grave.
Fuentes:
La información incluida aquí proviene de las siguientes fuentes en el sitio web del Departamento de Trabajo de EE. UU. Por favor, consúltelos si desea obtener más información sobre FMLA y el Permiso Familiar Militar:
- FMLA (Licencia familiar y médica)
- elaws: Asesor de la Ley de Ausencia Familiar y Médica
- ¿Necesitar tiempo? La Guía del Empleado para el Permiso Familiar Militar en virtud de la Ley de Ausencia Familiar y Médica (2013)