Una Asignación Humanitaria (HUMS) es una asignación especial autorizada para aliviar una dificultad tan grave que una ausencia de emergencia no puede resolverla por completo.
Como regla general, todos los HUMS son gratuitos para el gobierno. Sin embargo, en algunos casos muy limitados e inusuales, el Servicio puede decidir que la situación general justifica que el Servicio financie una transferencia permanente de cambio de estación (PCS). Si es así, el miembro transferirá bajo órdenes regulares de PCS bajo otras secciones del Manual de personal de Guardacostas.
Commander, (CGPC-epm) normalmente autoriza pedidos TAD sin cargo (Temporary Duty) sin costo por un máximo de seis meses para un HUMS porque la situación involucrada suele ser temporal. En algunos casos, si la dificultad continúa después de seis meses, Commander, (CGPC-epm) puede autorizar pedidos de PCS sin costo por hasta dos años por razones humanitarias. Si parece que el miembro no estará disponible para una reasignación ilimitada al completar el HUMS, el Comandante (CGPC-epm) considera que la dificultad es una situación permanente y normalmente iniciará el alta por dificultades.
Criterio
Estos son los criterios para solicitar un HUMS:
- El miembro ha encontrado dificultades severas que otros miembros de la Guardia Costera normalmente no tienen.
- La dificultad ha surgido o se ha deteriorado excesivamente desde que el miembro ingresó en su alistamiento actual y la causa está fuera del control del miembro.
- El problema afecta a la familia inmediata del miembro del servicio, es decir, el esposo, la esposa, el hijo, la hija, el hijastro, el padre, el padrastro u otra persona que actúe in loco parentis o cualquier dependiente de buena fe. Normalmente, esta definición no incluye a los suegros a menos que sean dependientes de buena fe, pero los casos seleccionados pueden considerarse individualmente.
- No hay otros parientes capaces de proporcionar la asistencia necesaria cerca.
- La presencia del miembro es esencial para aliviar las dificultades.
Además de cumplir estos criterios, normalmente debe existir una necesidad de servicio antes de que se autorice un cambio permanente de estación; es decir, la unidad receptora debe tener una vacante de palanquilla proyectada o actual. Es importante tener en cuenta que la consideración para autorizar el viaje permisivo temporal se basa solamente en los méritos de las dificultades, pero la consideración para autorizar el viaje permisivo PCS se basa en los méritos de las dificultades y las necesidades de la Guardia Costera.
Personal no calificado
Estas restricciones adicionales se aplican a los miembros no calificados:
El Servicio normalmente no autorizará PCS HUMS para personal no calificado. Commander, (CGPC-epm) puede autorizar un TAD HUMS individual por un máximo de seis meses para personal no calificado. En general, si la dificultad del miembro no puede o no disminuye dentro de los seis meses, el miembro puede solicitar regresar a su unidad permanente o ser dado de baja por dificultades.
Los miembros no calificados que prestan servicio en HUMS primero deben presentar documentación clara de que la situación de dificultad económica está completamente resuelta y están disponibles para asignación mundial de acuerdo con las necesidades del Servicio antes de que Commander (CGPC-epm) les permita asistir a la capacitación "A".
Para información completa sobre el Programa de Asignaciones Humanitarias de la Guardia Costera, ver COMDTINST M1000.6A, Manual de Personal de la Guardia Costera , párrafo 4.B.11.
Continuación de las asignaciones humanitarias militares Introducción