Los miembros militares que están involuntariamente separados de los militares pueden tener derecho a un pago por separación involuntaria (indemnización por despido).
Para ser elegible, un miembro militar debe tener seis o más años de servicio activo y menos de 20 años.
Hay dos tipos de pago: (1) Pago total y (2) Medio pago.
Para calificar para el pago completo, el miembro debe separarse involuntariamente, estar plenamente calificado para la retención y el servicio debe caracterizarse como "Honorable". Ejemplos serían la separación debido a la reducción en la fuerza , o la separación debido a exceder el alto año de tenencia.
Para calificar para la mitad de la paga, el miembro debe ser separado involuntariamente, con un servicio caracterizado como Honorable o General (en condiciones honorables), y el motivo de la baja debe ser bajo ciertas categorías. Los ejemplos serían la descarga debido a deficiencias en el estado físico o el peso, o la descarga involuntaria debido a la paternidad.
Paga de separación involuntaria alistada