Código de Conducta Militar de los Estados Unidos

Reglas militares para prisioneros de guerra

El Código de Conducta (CoC) es la guía legal para el comportamiento de los militares que son capturados por fuerzas hostiles. Si está considerando unirse al ejército, se le solicitará que memorice esto textualmente durante su tiempo en el campo de entrenamiento, entrenamiento básico, Service Academy, ROTC, entrenamiento militar inicial de OCS.

El Código de Conducta , en seis breves artículos, aborda aquellas situaciones y áreas de decisión que, hasta cierto punto, todo el personal militar podría encontrar.

Incluye información básica útil para los prisioneros de guerra de los EE. UU. En sus esfuerzos por sobrevivir honorablemente mientras se resisten a los esfuerzos de sus captores para explotarlos en beneficio de la causa del enemigo y su propia desventaja. Tal supervivencia y resistencia requieren diversos grados de conocimiento del significado de los seis artículos del CoC.

Artículo I

Soy estadounidense, luchando en las fuerzas que protegen mi país y nuestra forma de vida. Estoy dispuesto a dar mi vida en su defensa.

Explicación: El Artículo I del CoC se aplica a todos los miembros del Servicio en todo momento. Un miembro de las Fuerzas Armadas tiene el deber de apoyar los intereses de los EE. UU. Y oponerse a los enemigos de EE. UU. Independientemente de las circunstancias, ya sea que se encuentren en un entorno de combate o en cautiverio.

El personal médico y los capellanes están obligados a cumplir con las disposiciones del CoC; sin embargo, su condición especial retenida bajo los Convenios de Ginebra les otorga cierta flexibilidad en su implementación.

Lo que el personal militar necesita saber : La experiencia pasada de los estadounidenses capturados revela que la supervivencia honorable en cautiverio requiere que un miembro del servicio posea un alto grado de dedicación y motivación. Mantener estas cualidades requiere conocimiento y una fuerte creencia en lo siguiente:

Poseyendo la dedicación y la motivación, tales creencias y confianza fomentan que los prisioneros de guerra puedan sobrevivir largos y estresantes períodos de cautiverio y regresen a su país y a sus familias honorablemente con la autoestima intacta.

Disposiciones especiales para personal médico y capellanes . Bajo los Convenios de Ginebra, el personal médico que se dedica exclusivamente al servicio médico de sus fuerzas armadas y capellanes que caen en manos del enemigo son "personal retenido" y no son prisioneros de guerra. Si bien esto les permite la flexibilidad y la flexibilidad necesarias para realizar sus tareas profesionales, no les exime de su obligación de cumplir con las disposiciones del CoC. Al igual que todos los miembros de las Fuerzas Armadas, el personal médico y los capellanes son responsables de sus acciones.

Artículos restantes del Código de conducta

Artículo II : Nunca me rendiré por mi propia voluntad. Si está al mando, nunca rendiré a los miembros de mi comando mientras todavía tengan los medios para resistir.

Explicación : Los miembros del ejército no deben entregarse voluntariamente. Individualmente o como grupo, cuando están aislados y ya no pueden luchar contra el enemigo o defenderse, es su deber evadir la captura y reunirse con la fuerza amiga más cercana.

Artículo III - Si soy capturado, continuaré resistiendo por todos los medios disponibles. Haré todo lo posible para escapar y ayudar a otros a escapar. No aceptaré ni libertad condicional ni favores especiales del enemigo.

Explicación: La desgracia de la captura no disminuye el deber de un miembro de las Fuerzas Armadas de continuar resistiendo la explotación del enemigo por todos los medios disponibles. Contrariamente a las Convenciones de Ginebra, los enemigos a los que las fuerzas estadounidenses se han enfrentado desde 1949 han maltratado a los prisioneros en cautiverio.

Artículo IV : Si me vuelvo prisionero de guerra, mantendré la fe con mis compañeros prisioneros. No daré información ni participaré en ninguna acción que pueda ser perjudicial para mis camaradas. Si soy mayor, tomaré el mando. Si no, obedeceré las órdenes legales de los nombrados sobre mí y los respaldaré en todos los sentidos.

Explicación : Ser un prisionero de guerra, comunicarse y mantener la moral lo más alto posible con sus compañeros cautivos es esencial para su supervivencia. Todavía estás en el ejército y es la cadena de mando con un líder fuerte que te salvará a ti y a tus compañeros de prisión.

Artículo V - Cuando me preguntan si debería ser prisionero de guerra , estoy obligado a dar nombre, rango, número de servicio y fecha de nacimiento. Evadiré respondiendo más preguntas al máximo de mi capacidad. No haré declaraciones orales o escritas que sean desleales para mi país y sus aliados o perjudiciales para su causa.

Explicación: Cuando se cuestiona, las Convenciones de Ginebra y el CdC exigen que los prisioneros de guerra otorguen el nombre, el rango, el número de servicio y la fecha de nacimiento. Esta comunicación es con fines de rendición de cuentas, así como con una guía para evitar ser utilizado como propaganda enemiga, lo que permite al prisionero cierta flexibilidad cuando se trata de tortura y otros malos tratos ilegales o actividad dura.

Artículo VI : Nunca olvidaré que soy estadounidense, que lucho por la libertad, soy responsable de mis acciones y me dedico a los principios que hicieron a mi país libre. Confiaré en mi Dios y en los Estados Unidos de América.

Explicación : Mantener la fe es fundamental para la supervivencia de un estadounidense bajo custodia. El Artículo VI está diseñado para ayudar a los miembros de las Fuerzas Armadas a cumplir con sus responsabilidades y sobrevivir al cautiverio con honor.

Para una descripción completa de todos los artículos del Código de Conducta, vea los enlaces de arriba. Averigüe sobre los intercambios de prisioneros de guerra .