Política de la Fuerza Aérea sobre tatuajes, arte corporal y piercings corporales

El ejército de EE. UU. / Flickr

Tatuajes / Marcas

No autorizado (contenido). Los tatuajes / marcas en cualquier parte del cuerpo que sean obscenas, abogan por la discriminación sexual, racial, étnica o religiosa están prohibidos dentro y fuera del uniforme. Los tatuajes / marcas que son perjudiciales para el buen orden y la disciplina, o de una naturaleza que tiende a desacreditar a la Fuerza Aérea, están prohibidos dentro y fuera del uniforme.

Cualquier miembro que obtenga tatuajes no autorizados deberá eliminarlos a su cargo.

El uso de artículos uniformes para cubrir los tatuajes no autorizados no es una opción. Los miembros que no eliminen los tatuajes no autorizados de manera oportuna estarán sujetos a separación involuntaria o castigo según el Código Uniforme de Justicia Militar (UCMJ) .

Inapropiado (imagen militar). Los tatuajes / marcas excesivos no estarán expuestos o visibles (incluye visibles a través del uniforme) mientras están uniformados. Excesivo se define como cualquier tatuaje / marca que exceda ¼ de la parte del cuerpo expuesta y las que se encuentran por encima de la clavícula y que sea fácilmente visible cuando se usa un uniforme de cuello abierto.

A los miembros no se les permitirá exhibir tatuajes excesivos que demeriten una imagen profesional apropiada mientras están uniformados. Los comandantes utilizarán las pautas anteriores para determinar la imagen militar adecuada y la aceptabilidad de los tatuajes que muestran los miembros en uniforme. Los miembros de la Fuerza Aérea con tatuajes existentes que no cumplan con una imagen militar aceptable deberían estar obligados a:

Los miembros que reciben tatuajes / marcas que no cumplen con los estándares después de la fecha de entrada en vigencia de esta política (1998) deben iniciar la eliminación de tatuajes / marcas previa notificación por parte de su Comandante por su propia cuenta (no pueden usar los Centros Médicos de la Fuerza Aérea para su eliminación).

Los miembros que no cumplan con estos requisitos estarán sujetos a medidas disciplinarias por incumplimiento de las normas de la Fuerza Aérea y pueden ser separados involuntariamente.

Body Piercing

En uniforme:

Los miembros tienen prohibido adjuntar, colocar o exhibir objetos, artículos, joyas u ornamentos a través de la oreja, la nariz, la lengua o cualquier parte del cuerpo expuesta (incluidos los visibles a través del uniforme). EXCEPCIÓN: Las mujeres están autorizadas a usar una pequeña perla esférica, conservadora, de diamantes, oro, perla blanca o plateada, o un pendiente de clip por lóbulo de la oreja y el pendiente que se lleva en cada lóbulo de la oreja debe coincidir. El pendiente debe quedar bien ajustado sin extenderse por debajo del lóbulo de la oreja. (EXCEPCIÓN: banda de conexión en pendientes de clip.)

Vestimenta civil:

  1. Atribución oficial: los miembros tienen prohibido adjuntar, colocar o exhibir objetos, artículos, joyas u ornamentos en la oreja, la nariz, la lengua o cualquier parte del cuerpo expuesta (incluye ropa visible). EXCEPCIÓN: Las mujeres están autorizadas a usar una pequeña perla esférica, conservadora, de diamantes, oro, perla blanca o plateada, o un pendiente de clip por lóbulo de la oreja y el pendiente que se lleva en cada lóbulo de la oreja debe coincidir. El pendiente debe quedar bien ajustado sin extenderse por debajo del lóbulo de la oreja. (EXCEPCIÓN: banda de conexión en pendientes de clip)
  1. Fuera de servicio en una instalación militar: a los miembros se les prohíbe colocar, colocar o exhibir objetos, artículos, joyas u ornamentos a la oreja, nariz, lengua o cualquier parte expuesta del cuerpo (incluye ropa visible). EXCEPCIÓN: Se permite la perforación de los lóbulos de las orejas por las mujeres, pero no debe ser extrema o excesiva. El tipo y el estilo de los pendientes usados ​​por las mujeres en una instalación militar deben ser conservadores y mantenerse dentro de límites razonables.

Puede haber situaciones en las que el comandante pueda restringir el desgaste de adornos corporales no visibles. Esas situaciones incluirían cualquier ornamentación del cuerpo que interfiera con el desempeño de los deberes militares del miembro. Los factores que se evaluarán al hacer esta determinación incluyen, entre otros: impedir el funcionamiento seguro y efectivo de armas, equipo militar o maquinaria; presenta un peligro para la salud o la seguridad para el usuario u otras personas; o interfiere con el uso apropiado de ropa o equipo especial o de protección (EJEMPLO: cascos, chaquetas de flack, trajes de vuelo , uniformes camuflados, máscaras antigás, trajes de neopreno y equipo de rescate de choque).

La instalación o los comandantes superiores pueden imponer estándares más restrictivos para tatuajes y ornamentos corporales, dentro o fuera de servicio, en aquellos lugares donde los estándares de la Fuerza Aérea pueden no ser adecuados para abordar sensibilidades culturales (por ejemplo, en el extranjero) o requisitos de la misión (p. ambientes de entrenamiento).

Nota: El 3 de enero, la Fuerza Aérea también anunció una política que prohíbe la mutilación corporal, como las lenguas divididas.

Preguntas Frecuenciadas

Estas son algunas de las preguntas y respuestas más frecuentes de los expertos sobre la reciente revisión de la Instrucción 36-2903 de la Fuerza Aérea sobre perforación corporal y tatuajes.

Pregunta: ¿Por qué necesitamos una política de tatuaje y perforación corporal?

Respuesta: La política fue creada en base a las solicitudes de los comandantes y los primeros sargentos que querían normas y directrices más claras en vista de la creciente popularidad del arte corporal y las modas pasajeras.

Pregunta: ¿Quién creó esta política?

Respuesta: La política evolucionó durante 19 meses e incluyó el uso de un equipo de tigres compuesto por primeros sargentos , comandantes, personas de acciones sociales y representantes de oficinas médicas y legales, Servicio de Reclutamiento , Guardia Nacional Aérea y Comando de Reserva de la Fuerza Aérea . Todos los comandos principales de la Fuerza Aérea revisaron las propuestas de políticas, y la versión final de la política llegó solo después de un debate exhaustivo por parte de los líderes superiores del Estado Mayor del Aire.

Pregunta: ¿Quién tiene la última palabra acerca de la idoneidad de los pendientes, la perforación del cuerpo o la marca?

Respuesta: los comandantes y los primeros sargentos son la primera línea de autoridad para tomar esta determinación. La perforación corporal (que no sean aretes) es bastante sencilla: no la muestres mientras estás en uniforme, mientras realizas tareas oficiales en vestimenta civil o en una instalación militar en cualquier momento. Los tatuajes son un poco más subjetivos, pero esta política proporciona pautas a los comandantes para realizar las llamadas.

Pregunta: ¿La política de perforación corporal se aplica a todas las áreas de la instalación militar, incluidas las instalaciones recreativas (piscinas, campos de pelota, etc.) y las áreas de vivienda (dormitorios, viviendas familiares militares )?

Respuesta: Sí. Pero también es importante tener en cuenta que la política solo aborda los problemas de apariencia personal durante la instalación. Aunque la Fuerza Aérea alienta a los aviadores a mantener una imagen militar apropiada en todo momento, las prácticas de perforación fuera de la base, como el desgaste de los aretes por parte de los hombres, no están destinadas a ser abordadas por esta política.

Pregunta: ¿Qué sucede con las personas que tenían tatuajes antes de que esta nueva política entrara en vigencia, y que ahora podría estar en violación de la política?

Respuesta: Se espera que la mayoría de los tatuajes entren dentro de las pautas aceptables. Los tatuajes cuestionables serán considerados caso por caso entre los aviadores y su comandante. Si un tatuaje es "no autorizado", racista, sexista o de naturaleza discriminatoria, el tatuaje debe eliminarse a expensas de los miembros. Si un comandante dictamina que un tatuaje pertenece a la otra categoría de "inapropiado", existen otras opciones, que incluyen el uso de elementos uniformes para cubrir parte o la totalidad de la (s) imagen (es).

Pregunta: ¿Existe un calendario establecido para eliminar un tatuaje antes de separarlo involuntariamente?

Respuesta: No hay un marco de tiempo establecido para la eliminación. El comandante determina el sentido de urgencia, dependiendo de la naturaleza del tatuaje. Por ejemplo, si los aviadores tienen tatuajes inapropiados que les gustaría eliminar voluntariamente, el comandante puede ayudarlos a buscar asistencia médica para el procedimiento. El momento de la eliminación, en este caso, será impulsado principalmente por la disponibilidad de instalaciones médicas con personal y equipados para la eliminación de tatuajes.

Pregunta: ¿Es la regulación retroactiva, o habrá una exención para excluir a aquellos que reciben tatuajes antes de la emisión de la regulación?

Respuesta: No existen en la política las estipulaciones de "derechos adquiridos". No sería práctico desde el punto de vista de la aplicación: es decir, la Fuerza Aérea no podría mantener de manera realista diferentes estándares de apariencia al mismo tiempo. Por ejemplo, ¿cómo podría un supervisor con tatuajes excesivos decirle a un subordinado que no puede participar en tales prácticas? Si bien la política formal que define los tatuajes "no autorizados" es nueva, nunca se toleró ningún comportamiento que tienda a desacreditar a la Fuerza Aérea. Los miembros que han ejercido un juicio pobre al obtener imágenes inflamatorias en su piel no deben sorprenderse por esta cláusula no negociable de la política de arte corporal.

Pregunta: Si no hay exenciones, ¿quién es responsable del costo de la eliminación?

Respuesta: De nuevo, esto depende de las circunstancias particulares y del juicio del comandante. Si el tatuaje no está autorizado, según el contenido, es probable que el miembro se enfrente únicamente a la factura de la eliminación. Si el tatuaje es más un problema de exceso, la eliminación es el último recurso y es esencialmente una acción voluntaria por parte del miembro. En estos casos, los comandantes trabajarán con los oficiales médicos militares locales para determinar cómo apoyar las expulsiones sin costo para el miembro.

Pregunta: ¿Cuáles son las diferencias en la política de perforación para mujeres y hombres?

Respuesta: La única diferencia es el desgaste de los pendientes. Los hombres no pueden usar aretes de servicio ya sea dentro o fuera de uniforme, ni tampoco pueden usarlos fuera de servicio en la base. Las mujeres que realizan tareas oficiales con atuendo civil están limitadas a los mismos criterios de desgaste que cuando están uniformados: es decir, un único esférico pequeño, conservador, diamante, oro, perla blanca o aretes de plata perforados o clips por lóbulo de la oreja. Los pendientes deben coincidir y deben quedar bien ajustados sin extenderse por debajo del lóbulo de la oreja.

Pregunta: ¿Las funciones sociales se consideran un deber oficial con respecto al desgaste de los pendientes para las mujeres?

Respuesta: Las funciones sociales, como los picnics de escuadrones, las fiestas de Navidad o los mezcladores, no se consideran un deber oficial. El estado de servicio oficial incluye trabajos que requieren vestimenta civil, participación en eventos deportivos, vestimenta civil en órdenes de servicio temporal o cuando se representa a la Fuerza Aérea en funciones civiles.

Pregunta: ¿Qué se considera desgaste excesivo o extremo de pendientes para mujeres en ropa civil en la base durante su tiempo fuera de servicio?

Respuesta: Los comandantes y los primeros sargentos tomarían la decisión final sobre lo que es extremo o excesivo, pero las consideraciones se centrarían en alentar una imagen positiva entre los miembros de la Fuerza Aérea en todo momento.

Arriba Información derivada de AFI 36-2903 y del Servicio de Noticias de la Fuerza Aérea