Transferencia de beneficios educativos según el proyecto de ley GI posterior al 11 de septiembre

Una de las disposiciones de la Ley GI Post-9/11 es la capacidad de un miembro militar para transferir algunos o todos sus beneficios de educación GI Bill a un cónyuge o hijo (s). La ley ha dejado que el Departamento de Defensa establezca criterios de elegibilidad para la transferencia de beneficios, y el Departamento de Defensa ya anunció la política.

Básicamente, cualquier militar que preste servicios en servicio activo o en la Reserva seleccionada a partir del 1 de agosto de 2009 será elegible para transferir sus beneficios, siempre que califique para la Ley GI posterior al 9/11, en primer lugar. y cumple con los requisitos de servicio específicos.

Los requisitos básicos del servicio son que el miembro debe tener al menos seis años de servicio militar, y acuerda servir cuatro años adicionales al momento de inscribirse en el programa de transferencia.

Lo que esto significa es que los miembros militares que se jubilaron o se separaron antes del 1 de agosto de 2009 no son elegibles para transferir beneficios, incluso si son elegibles para recibir beneficios de GI Bill posteriores al 9/11 (cualquier miembro del servicio con más de 90 días de actividad deber, después del 11 de septiembre de 2001, que todavía está en el servicio o tiene una descarga honorable, es elegible para el nuevo GI Bill). Los miembros transferidos a la Reserva de Flotas o Reserva Individual Listada (IRR) antes del 1 de agosto de 2009 tampoco son elegibles para transferir beneficios (a menos que posteriormente regresen al servicio activo o reservas activas).

Hay algunas excepciones a los cuatro años de la regla de servicio adicional, si el miembro del servicio no puede volver a alistarse debido a una política de servicio o DOD.

Sin embargo, deben cumplir el tiempo máximo permitido antes de separarse de los militares. Por ejemplo, si un miembro alistado no puede volver a alistarse o extender su alistamiento durante cuatro años debido al Año de tenencia alto , o un oficial no puede extender su compromiso por cuatro años debido a que se le pasó por alto para su ascenso , aún podría participar en la provisión para compartir GI Bill, siempre que permanezcan en el servicio militar durante el período máximo permitido.

También existen diferentes reglas para aquellos elegibles para jubilarse entre el 1 de agosto de 2009 y el 1 de agosto de 2013:

* Aquellos elegibles para la jubilación el 1 de agosto de 2009, serían elegibles para transferir sus beneficios sin ningún requisito de servicio adicional.

* Aquellos con una fecha de jubilación aprobada después del 1 de agosto de 2009 y antes del 1 de julio de 2010 calificarían sin servicio adicional.

* Aquellos elegibles para la jubilación después del 1 de agosto de 2009, pero antes del 1 de agosto de 2010, calificarían con un año adicional de servicio después de la aprobación para transferir sus beneficios de GI Bill posteriores al 9/11.

* Aquellos elegibles para la jubilación entre el 1 de agosto de 2010 y el 31 de julio de 2011 calificarían con dos años adicionales de servicio después de la aprobación para la transferencia.

* Aquellos elegibles para jubilarse entre el 1 de agosto de 2011 y el 31 de julio de 2012 calificarían con tres años adicionales de servicio después de la aprobación para la transferencia.

Bajo el nuevo GI Bill, los miembros reciben 36 meses de beneficios educativos. Eso es el equivalente a cuatro años académicos de nueve meses. Bajo el programa de transferencia de beneficios, todos o una parte de los beneficios se pueden transferir a un cónyuge, uno o más hijos o cualquier combinación. El miembro de la familia debe estar inscrito en el Sistema de Informes de Inscripción de Elegibilidad de Defensa (DEERS), en el momento de la transferencia, para recibir los beneficios.

El matrimonio posterior de un niño no afectará su elegibilidad para recibir el beneficio educativo; sin embargo, después de que una persona haya designado a un niño como beneficiario de la transferencia en virtud de esta sección, la persona se reserva el derecho de revocar o modificar la transferencia en cualquier momento.

Incluso después de transferir los beneficios, siguen siendo "propiedad" del miembro del servicio que los obtuvo, que pueden revocarlos o redesignar quién los recibe en cualquier momento. Las reglas dejan perfectamente en claro que los beneficios no pueden ser tratados como "propiedad conjunta" en los casos de divorcio.

Uso de beneficios transferidos

El uso del miembro familiar de los beneficios educativos transferidos está sujeto a lo siguiente:

Esposa

* Puede comenzar a usar el beneficio de inmediato.

* Puede usar el beneficio mientras el miembro permanece en las Fuerzas Armadas o después de la separación del servicio activo.

* No es elegible para el estipendio mensual o el estipendio de libros y suministros mientras el miembro esté prestando servicio activo.

* Puede usar el beneficio por hasta 15 años después de la última separación del miembro activo del servicio activo.

Niño

* Puede comenzar a usar el beneficio solo después de que la persona que realiza la transferencia haya completado al menos 10 años de servicio en las Fuerzas Armadas.

* Puede usar el beneficio mientras el individuo elegible permanezca en las Fuerzas Armadas o después de la separación del servicio activo.

* No puede usar el beneficio hasta que haya obtenido un diploma de escuela secundaria (o certificado de equivalencia) o haya alcanzado los 18 años de edad.

* Tiene derecho al estipendio mensual y al estipendio de libros y suministros incluso si el individuo elegible está en servicio activo.

* No está sujeto a la fecha de delimitación de 15 años, pero no puede usar el beneficio después de cumplir los 26 años de edad.