Ley de los Derechos de Empleo y Reempleo de los Servicios Uniformados
La Ley se aplica a las personas que cumplen con su deber, voluntaria o involuntariamente, en los "servicios uniformados", que incluyen el cuerpo comisionado del Ejército, la Armada, la Infantería de Marina, la Fuerza Aérea, la Guardia Costera y el Servicio de Salud Pública, así como los componentes de reserva de cada uno de estos servicios.
La capacitación o el servicio federal en la Guardia Nacional del Ejército y la Guardia Nacional Aérea también generan derechos bajo USERRA.
El servicio uniformado incluye servicio activo , servicio activo para capacitación, entrenamiento de servicio inactivo (como simulacros), entrenamiento inicial en servicio activo y deberes funerarios realizados por la Guardia Nacional y los miembros de la reserva, así como el período por el cual una persona está ausente de un posición de empleo con el propósito de un examen para determinar la aptitud para realizar cualquier tarea de ese tipo.
¿Quién es elegible para el reempleo?
Los derechos de reempleo se extienden a las personas que han estado ausentes de un puesto de trabajo debido a "servicio en los servicios uniformados". "Servicio en los servicios uniformados" significa el cumplimiento de un deber de manera voluntaria o involuntaria en un servicio uniformado, que incluye:
- Servicio activo
- Servicio activo para entrenamiento
- Servicio activo inicial para entrenamiento
- Entrenamiento inactivo
- Deber de Guardia Nacional a tiempo completo.
- Ausencia del trabajo para un examen para determinar la aptitud física de una persona para cualquiera de los tipos de obligaciones mencionados anteriormente.
- Deber de honores fúnebres realizado por la Guardia Nacional o miembros de la reserva
Los "servicios uniformados" consisten en lo siguiente:
- Ejército, Armada, Infantería de Marina, Fuerza Aérea o Guardacostas.
- Reserva del Ejército, Reserva Naval, Reserva del Cuerpo de Marines, Reserva de la Fuerza Aérea o Reserva de la Guardia Costera.
- Guardia Nacional del Ejército o Guardia Nacional Aérea.
- Cuerpo Comisionado del Servicio de Salud Pública .
- Cualquier otra categoría de personas designadas por el Presidente en tiempo de guerra o emergencia.
Preaviso
La ley requiere que todos los empleados brinden a sus empleadores un aviso previo del servicio militar.
El aviso puede ser escrito u oral. Puede ser proporcionado por el empleado o por un oficial apropiado de la rama de las fuerzas armadas en la que el empleado estará sirviendo. Sin embargo, no se requiere notificación si:
- la necesidad militar impide la notificación; o
- la notificación es imposible o irrazonable.
Duración del servicio
El servicio de longitud acumulada que causa las ausencias de una persona desde un puesto no puede exceder los cinco años. La mayoría de los tipos de servicio se contarán acumulativamente en el cálculo del período de cinco años.
Excepciones Ocho categorías de servicio están exentas de la limitación de cinco años. Éstas incluyen:
- Se requiere un servicio por más de cinco años para completar un período inicial de servicio obligado. Algunas especialidades militares, como el programa de energía nuclear de la Marina, requieren obligaciones iniciales de servicio activo más allá de cinco años.
- Servicio desde el cual una persona, sin culpa de la persona, no puede obtener una liberación dentro del límite de cinco años. Por ejemplo, el límite de cinco años no se aplicará a los miembros de la Marina o del Cuerpo de Marines cuyas fechas de servicio obligatorias vencen mientras están en el mar. Tampoco se aplicará cuando los miembros del servicio se retienen involuntariamente en servicio activo más allá del vencimiento de su fecha de servicio obligado ( STOPLOSS ).
- Entrenamiento requerido para reservistas y miembros de la Guardia Nacional. Las sesiones de capacitación anuales de dos semanas y los simulacros mensuales de fin de semana obligatorios por estatuto para reservistas y miembros de la Guardia Nacional están exentos de la limitación de cinco años. También se excluyen los requisitos de capacitación adicionales certificados por escrito por el Secretario del servicio de que se trate que sean necesarios para el desarrollo profesional individual.
- Servicio bajo una orden involuntaria o para ser retenido en servicio activo durante situaciones de emergencia doméstica o relacionadas con la seguridad nacional .
- Servicio bajo orden o para permanecer en servicio activo (que no sea para capacitación) debido a una guerra o emergencia nacional declarada por el
Presidente o Congreso Esta categoría incluye el servicio no solo por personas a las que se ordena involuntariamente el servicio activo, sino también por voluntarios que reciben órdenes para el servicio activo.
- Servicio activo (que no sea para capacitación) por voluntarios que apoyan "misiones operacionales" para las cuales los reservistas seleccionados han recibido el servicio activo sin su consentimiento. Dichas misiones operacionales implican circunstancias distintas a la guerra o emergencia nacional para las cuales, bajo autorización presidencial, los miembros de la Reserva Seleccionada pueden ser obligados involuntariamente a cumplir servicio activo bajo el Título 10, USC Sección 12304. La reciente participación militar de los Estados Unidos en apoyo de la restauración de la democracia en Haití ("Defender la democracia") fue una misión tan operacional como la operación en Bosnia ("esfuerzo conjunto"). Esta sexta exención para la limitación de cinco años abarca a las personas que son llamadas al servicio activo después de ser voluntarios para apoyar misiones operacionales. Las personas a las que se haya ordenado involuntariamente el servicio activo para misiones operacionales estarían cubiertas por la cuarta exención, supra.
- Servicio prestado por voluntarios a quienes se ordena el servicio activo en apoyo de una "misión o requisito crítico" en momentos distintos de una guerra o emergencia nacional y cuando no hay un llamado involuntario vigente. Los secretarios de las diversas ramas militares tienen autoridad para designar una operación militar como una misión o requisito crítico.
- Servicio federal por miembros de la Guardia Nacional llamados a la acción por el Presidente para reprimir una insurrección, repeler una invasión o ejecutar las leyes de los Estados Unidos.
Servicio descalificante
¿Cuándo el servicio sería descalificante? El estatuto enumera cuatro circunstancias:
- Separación del servicio con una descarga deshonrosa o de mala conducta.
- Separación del servicio en condiciones que no sean honorables.
- Despido de un oficial comisionado en ciertas situaciones que impliquen un consejo de guerra o una orden del Presidente en tiempo de guerra (Sección 1161 (a) del Título 10).
- Descartar a un individuo de las listas cuando el individuo ha estado ausente sin autorización por más de tres meses o está encarcelado por un tribunal civil. (Sección 1161 (b) del Título 10)
Informes de vuelta al trabajo
Servicio de 1 a 30 días . La persona debe informar a su empleador antes del comienzo del primer día de trabajo programado regularmente que caería ocho horas después del final del día calendario. Por ejemplo, un empleador no puede requerir que un miembro del servicio regrese a su casa a las 10:00 p.m. para presentarse a trabajar a las 12:30 a.m. esa noche. Pero el empleador puede exigir que el empleado se presente para el turno de las 6:00 a.m. de la mañana siguiente.
Si no es culpa del empleado, informar de manera oportuna al trabajo sería imposible o irrazonable, el empleado debe informar al trabajo lo antes posible.
Examen de aptitud El límite de tiempo para informar al trabajo a una persona que está ausente del trabajo para que se someta a un examen de aptitud para el servicio es el mismo que para las personas ausentes durante 1 a 30 días. Este período se aplicará independientemente de la duración de la ausencia de la persona.
Servicio de 31 a 180 días . Una solicitud de reempleo debe presentarse a más tardar 14 días después de la finalización del servicio de una persona. Si la presentación de una solicitud oportuna es imposible o irrazonable sin culpa de la persona, la solicitud debe enviarse lo antes posible. Si el decimocuarto día cae en un día en que las oficinas no están abiertas, o si no hay nadie disponible para aceptar la solicitud, el tiempo se extiende hasta el siguiente día hábil.
Servicio de 181 o más días . Una solicitud de reempleo debe presentarse a más tardar 90 días después de la finalización del servicio militar de una persona. Si el día 90 cae en un día en que las oficinas no están abiertas, o si no hay nadie disponible para aceptar la solicitud, el tiempo se extiende hasta el siguiente día hábil.
Incapacidad incurrida o agravada . Los plazos de presentación de informes o solicitud se extienden por hasta dos años para las personas que están hospitalizadas o convalecientes debido a una discapacidad incurrida o agravada durante el período del servicio militar.
El período de dos años se extenderá por el tiempo mínimo requerido para acomodar una circunstancia más allá del control de una persona que haría imposible o irrazonable la presentación de informes dentro del período de dos años.
Retraso injustificado . ¿Los derechos de reempleo de una persona se pierden automáticamente si la persona no se presenta a trabajar o no solicita el reempleo dentro de los límites de tiempo requeridos? No. Pero la persona estará sujeta a las normas del empleador que rigen las ausencias injustificadas.
Cómo colocar personas elegibles en un trabajo
Excepto con respecto a las personas que tienen una discapacidad incurrida o agravada por el servicio militar, el puesto en el que se reintegra a una persona se basa en la duración del servicio militar de una persona.
1 a 90 días . Una persona cuyo servicio militar duró de 1 a 90 días debe ser "reempleado rápidamente" en el siguiente orden de prioridad:
(1) (A) en el trabajo que la persona habría tenido si la persona hubiera permanecido continuamente empleada, siempre y cuando la persona esté calificada para el trabajo o pueda calificar después de los esfuerzos razonables del empleador para calificar a la persona; o, (B) en la posición de empleo en la cual la persona estuvo empleada en la fecha del comienzo del servicio en los servicios uniformados, solo si la persona no está calificada para realizar las tareas del puesto mencionado en el subpárrafo (A) ) después de los esfuerzos razonables del empleador para calificar a la persona.
(2) si el empleado no puede calificar para ninguno de los cargos descritos anteriormente (salvo por una discapacidad incurrida o agravada por el servicio militar) incluso después de los esfuerzos razonables del empleador, la persona debe volver a trabajar en un puesto que sea la aproximación más cercana a las posiciones descritas arriba (en ese orden) que la persona puede realizar, con la antigüedad completa.
Con respecto a las dos primeras posiciones, los empleadores no tienen la opción de ofrecer otros trabajos de antigüedad, estatus y salario equivalentes.
91 o más días . La ley exige que los empleadores vuelvan a emplear inmediatamente a las personas que regresan del servicio militar de 91 o más días en el siguiente orden de prioridad:
(1) (A). En el trabajo que hubiera tenido la persona hubiera permanecido continuamente ocupada, o una posición similar al estado de antigüedad y pago, siempre que la persona esté calificada para el trabajo o pueda calificar después de los esfuerzos razonables del empleador para calificar a la persona; o, (B) en la posición de empleo en la que la persona estaba empleada en la fecha del comienzo del servicio en los servicios uniformados, o un puesto de antigüedad similar, estado y pagar los deberes a los que la persona está calificada para realizar, solo si la persona no está calificada para realizar las tareas del puesto mencionado en el subpárrafo (A) después de los esfuerzos razonables del empleador para calificar a la persona.
(2) Si el empleado no puede calificar para el puesto en (A) o (B) arriba: en cualquier otra posición de menor estatus y sueldo, pero que casi se aproxima a las posiciones anteriores (en ese orden) que el empleado está calificado para realizar con la antigüedad completa.
Posición de "escalera mecánica" . El puesto de reempleo con la más alta prioridad en los esquemas de reempleo refleja el principio de "escalera mecánica" que ha sido un concepto clave en la legislación de reempleo de veteranos federales. El principio de la escalera mecánica requiere que cada miembro del servicio que regresa realmente retroceda a la escalera mecánica de la antigüedad en el punto que la persona habría ocupado si la persona hubiera permanecido continuamente empleada.
El puesto puede no ser necesariamente el mismo que tenía la persona anteriormente. Por ejemplo, si la persona hubiera sido promovida con certeza razonable si la persona no hubiera estado ausente, la persona tendría derecho a esa promoción al momento de la reincorporación. Por otro lado, la posición podría estar en un nivel más bajo que el anterior, podría ser un trabajo diferente, o podría estar en estado de despido.
Esfuerzos de calificación . Los empleadores deben hacer los esfuerzos razonables para calificar a los miembros del servicio que regresan que no están calificados para los puestos de reempleo que de otro modo tendrían derecho a mantener por razones que no sean una discapacidad incurrida o agravada por el servicio militar.
Los empleadores deben proporcionar capacitación de actualización y cualquier capacitación necesaria para actualizar las habilidades de un empleado que regresa en situaciones en las que el empleado ya no está calificado debido a los avances tecnológicos. No se requerirá capacitación si es una dificultad excesiva para el empleador, como se explica a continuación.
Si los esfuerzos razonables no califican a una persona para el primer y segundo puesto de reempleo en los esquemas anteriores, la persona debe ser colocada en una posición de aproximación equivalente o más cercana y pagar lo que la persona califica para desempeñar (la tercera posición de reempleo en el anterior esquemas).
"Pronta" reempleo . La ley especifica que los miembros del servicio que regresan serán "reempleados rápidamente". Lo que sea rápido dependerá de las circunstancias de cada caso individual. La reinstauración después del fin de semana en la Guardia Nacional generalmente será el siguiente día hábil programado. Por otro lado, la reincorporación después de cinco años en servicio activo podría requerir la notificación a un empleado titular que haya ocupado el puesto del miembro del servicio y que posiblemente tenga que desalojar ese puesto.
Circunstancias cambiadas. El reempleo de una persona se justifica si las circunstancias de un empleador han cambiado tanto que el reempleo de la persona sería imposible o irrazonable. Una reducción en la fuerza que habría incluido a la persona sería un ejemplo.
Dificultad excesiva. Los empleadores están exentos de hacer esfuerzos para calificar a los miembros del servicio que regresan o de dar cabida a personas con discapacidades relacionadas con el servicio cuando hacerlo sería de tal dificultad o gasto como para causar "dificultades excesivas".
Derechos de antigüedad
Los miembros reempleados del servicio tienen derecho a la antigüedad y todos los derechos y beneficios basados en la antigüedad que habrían alcanzado con certeza razonable si hubieran permanecido empleados continuamente.
Un derecho o beneficio está basado en la antigüedad si está determinado por o se acumula con la duración del servicio. Por otro lado, un derecho o beneficio no está basado en la antigüedad si es una compensación por el trabajo realizado o está sujeto a una contingencia significativa.
Derechos no basados en la antigüedad
Los miembros del servicio de salida deben ser tratados como si estuvieran en un permiso de ausencia . En consecuencia, mientras están fuera, deben tener derecho a participar en cualquier derecho y beneficio no basado en la antigüedad que esté disponible para los empleados con permisos no militares, ya sean remunerados o no. Si hay una variación entre los diferentes tipos de licencias no militares, el miembro del servicio tiene derecho al tratamiento más favorable siempre que la ausencia no militar sea comparable. Por ejemplo, un período de tres días disponible para los empleados con permisos de ausencia no militares, sean remunerados o no. Si hay una variación entre los diferentes tipos de licencias no militares, el miembro del servicio tiene derecho al tratamiento más favorable siempre que la ausencia no militar sea comparable. Por ejemplo, una licencia por duelo de tres días no es comparable a un período de servicio activo de dos años.
Los empleados que regresan tendrán derecho no solo a los derechos y beneficios fuera de la antigüedad disponibles en el momento en que salieron para el servicio militar, sino también a aquellos que se hicieron efectivos durante su servicio.
Pagos de vacaciones y beneficios de salud
Los miembros del servicio deben, a petición suya, se les permite utilizar las vacaciones que se acumularon antes del comienzo de su servicio militar en lugar de la licencia sin sueldo. Sin embargo, sigue siendo la ley que los miembros del servicio no pueden ser obligados a utilizar el tiempo de vacaciones para el servicio militar.
La ley estipula la continuación de los beneficios de salud para las personas que se ausentan del trabajo para servir en el ejército, incluso cuando sus empleadores no están cubiertos por COBRA. (Los empleadores con menos de 20 empleados están exentos de COBRA).
Si la cobertura de un plan de salud de una persona terminaría debido a una ausencia debido al servicio militar, la persona puede optar por continuar la cobertura del plan de salud hasta 18 meses después de que comience la ausencia o por el período de servicio (más el tiempo permitido para solicitar reempleo), el período que sea más corto. No se le puede exigir a la persona que pague más del 102 por ciento de la prima total por la cobertura. Si el servicio militar fue por 30 días o menos, no se le puede exigir a la persona que pague más que la parte normal del empleado de cualquier prima.
Exclusiones / períodos de espera . No se puede imponer un período de espera o exclusión al momento de la reincorporación si la cobertura de salud hubiera sido proporcionada a una persona si la persona no hubiera estado ausente para el servicio militar. Sin embargo, una excepción se aplica a las discapacidades determinadas por el Secretario de Asuntos de Veteranos (VA) a estar relacionadas con el servicio.
Multi-empleador . El patrocinador del plan debe asignar la responsabilidad por las aportaciones y los beneficios del empleador en virtud de planes multiempresariales de la manera que proporcione el patrocinador del plan. Si el patrocinador no hace ninguna provisión para la asignación, la responsabilidad se debe asignar al último empleador que emplea a la persona antes del servicio militar de la persona o, si ese empleador ya no es funcional, al plan.
Protección contra descarga
Bajo USERRA, un empleado reempleado no puede ser despedido sin causa de la siguiente manera:
- Durante un año después de la fecha de reempleo, si el período de servicio militar de la persona fue por más de seis meses (181 días o más).
- Durante seis meses después de la fecha de reempleo, si el período de servicio militar de la persona fue de 31 a 180 días.
Las personas que sirven por 30 días o menos no están protegidas de la descarga sin causa. Sin embargo, están protegidos de la discriminación debido al servicio u obligación militar.
Discriminación laboral
Se prohíbe la discriminación en el empleo debido a obligaciones militares pasadas, actuales o futuras. La prohibición es amplia y se extiende a la mayoría de las áreas de empleo, que incluyen:
- contratación ;
- promoción ;
- reempleo;
- terminación ; y
- beneficios
Personas protegidas . La ley protege contra la discriminación de miembros pasados, miembros actuales y personas que solicitan ser miembros de cualquiera de las ramas de los servicios uniformados.
Anteriormente, solo los Reservistas y los miembros de la Guardia Nacional estaban protegidos contra la discriminación. Bajo USERRA, las personas con obligaciones pasadas, actuales o futuras en todas las ramas del ejército también están protegidas.
Estándar / carga de la prueba . Si la conexión pasada, presente o futura de un individuo con el servicio es un factor motivador en una acción adversa de empleo del empleador contra ese individuo, el empleador ha cometido una violación, a menos que el empleador pueda probar que habría tomado la misma acción independientemente de la conexión del individuo con el servicio. La carga de la prueba recae en el empleador una vez que se establece un caso prima facie .
La ley promulgada aclara que la responsabilidad es posible cuando la conexión del servicio es solo una de las razones del empleador para la acción. Para evitar responsabilidad, el empleador debe demostrar que un motivo distinto a la conexión del servicio habría sido suficiente para justificar su acción.
Tanto el estándar como la carga de la prueba ahora establecidos en la ley se aplican a todos los casos, independientemente de la fecha de la causa de la acción, incluidos los casos de discriminación que surgen de la ley predecesora ("VRR").
Represalias
Los empleadores tienen prohibido tomar represalias contra cualquier persona:
- quien presenta una queja bajo la ley;
- quien testifica, asiste o participa en una investigación o procedimiento bajo la ley; o
- quien ejerce cualquier derecho provisto por la ley.
- si la persona ha realizado el servicio militar o no
Cómo se aplica la ley
Regulaciones El Secretario del Trabajo tiene la facultad de emitir reglamentos para implementar el estatuto. Anteriormente, el Secretario carecía de tal autoridad. Sin embargo, ciertas publicaciones emitidas por el Departamento del Trabajo de los Estados Unidos recibieron una "medida de peso" por parte de los tribunales.
Servicio de Capacitación y Empleo para Veteranos (VETS). El Servicio de Empleo y Capacitación para Veteranos (VETS, por sus siglas en inglés) del Departamento de Trabajo continuará proporcionando asistencia para el reempleo. VETS investiga quejas e intenta resolverlas. La presentación de quejas con VETS es opcional. Uno puede presentar una queja con su oficina local de VETS.
Acceso a documentos La ley otorga a VETS el derecho de acceso para examinar y duplicar los documentos del empleador y del empleado que considere relevantes para una investigación. VETS también tiene derecho a un acceso razonable para entrevistar a personas con información relevante para la investigación.
Citaciones La ley autoriza a VETS a citar la asistencia y el testimonio de testigos y la producción de documentos relacionados con cualquier asunto bajo investigación.
Acciones judiciales respaldadas por el gobierno . Las personas cuyas quejas no hayan sido resueltas exitosamente por VETS pueden solicitar que sus quejas sean presentadas al Fiscal General para una posible acción judicial. Si el Fiscal General está satisfecho de que una queja es meritoria, el Fiscal General puede presentar una acción judicial en nombre del demandante.
Acciones judiciales privadas . Las personas continúan teniendo la opción de presentar acciones judiciales en privado. Pueden hacerlo si han optado por no presentar una queja ante el VETS, han optado por no solicitar que los VETS remitan su queja al Fiscal General, o el Fiscal General les haya negado la representación.
Daños dobles . La concesión de un pago retroactivo o la pérdida de beneficios se puede duplicar en los casos en que se descubra que las infracciones de la ley son "deliberadas". "Intencional" no está definido en la ley, pero la historia legislativa de la ley indica que debe usarse la misma definición que la Corte Suprema de los EE. UU. Ha adoptado para casos bajo la Ley de Discriminación por Edad en el Empleo . Bajo esa definición, una violación es deliberada si la conducta del empleador fue a sabiendas o imprudentemente en desacato a la ley.
Honorarios La ley, a discreción de la corte, permite la adjudicación de honorarios de abogados, honorarios de peritos y otros gastos de litigio a los demandantes exitosos que reúnan un abogado privado. Además, la ley prohíbe el cobro de honorarios o costos judiciales contra cualquier persona que presente una demanda.
Juicios declarativos . Solo las personas que reclaman derechos conforme a la ley pueden entablar demandas. De acuerdo con el historial legislativo de la ley, su propósito es evitar que los empleadores, planes de pensiones o sindicatos presenten acciones para sentencias declaratorias a fin de determinar las posibles reclamaciones de los empleados.